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Así serán las multas por no llevar mascarillas, obligatorias en la nueva normalidad

Este mismo sábado, el Gobierno ha flexibilizado en una nueva orden determinadas restricciones de ámbito nacional: las plazas, recintos e instalaciones taurinas al aire libre podrán reabrir en los territorios que se encuentren en fase 2 y las discotecas y bares de ocio nocturno donde se haya alcanzado la fase 3, aunque con limitaciones de aforo en ambos casos. Medidas todas ellas encaminadas a alcanzar la nueva normalidad y las medidas que se tomarán en ellas como las multas por no llevar mascarillas.

Se ha eliminado también las restricciones a la ocupación de los vehículos respecto del total de plazas sentadas, para los transportes en autobús y ferroviarios, así como para los transportes terrestres colectivos de ámbito urbano y periurbano.La Moncloa@desdelamoncloa

Ya puedes consultar en el @boegob la orden que flexibiliza determinadas restricciones de ámbito nacional y establece los territorios que pasan este lunes a #Fase2 y #Fase3 del Plan para la Transición hacia una #NuevaNormalidad. 👇https://www.boe.es/boe/dias/2020/06/06/pdfs/BOE-A-2020-5795.pdf …#NoLoTiresPorLaBorda

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Multas por no llevar mascarillas y otras medidas de la nueva normalidad

En la misma semana en la que el 52% de la población estará en la última fase de la desescalada, el Ejecutivo aprobará en el Consejo de Ministros el decreto con el que regulará las medidas de prevención, contención y coordinación para controlar el coronavirus una vez se abandone el estado de alarma, periodo conocido como «nueva normalidad«, ya que la crisis sanitaria continuará hasta que no haya una vacuna o un tratamiento para la enfermedad.

Dos personas caminan con mascarillas FFP2.
Dos personas caminan con mascarillas FFP2.

Entre las medidas que incluirá estarán el uso obligatorio de mascarillas para los mayores de seis años -con multas de hasta 100 euros para los incumplimientos-, que los centros de mayores deban presentar un plan específico de contingencia, que se produzca una declaración obligatoria urgente de la enfermedad por parte de los servicios sanitarios y que las autonomías garanticen las capacidades del sistema sanitario en materia de recursos humanos.

Las comunidades deberán elaborar planes de contingencia que permitan contar en un plazo de máximo de cinco días de entre 1,5 y 2 camas de cuidados intensivos y de entre 37 y 40 camas para enfermos agudos por cada 10.000 habitantes.

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