El BOJA publica una resolución que permite a los cazadores colaborar en el control de cerdos asilvestrados
El objetivo es evitar riesgos sanitarios y daños en el ecosistema,
además de proteger la cabaña ganadera y fincas agrícolas tras la
declaración de área de emergencia cinegética temporal en Andalucía
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica hoy la
resolución de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible que declara el área de emergencia cinegética
temporal por daños y riesgos sanitarios de jabalí y cerdo asilvestrado
en la Comunidad Autónoma de Andalucía. De esta forma, se establecen los
periodos y modalidades para que los cazadores colaboren en el control de
estas poblacionales con el objetivo de incidir en su densidad y, de esta
forma, reducir las posibilidades de que contagien enfermedades a la
cabaña ganadera. De hecho, estas dos especies están consideradas a día
de hoy, por diversas causas, el principal reservorio de tuberculosis
bovina en España.
Asimismo, la declaración de área de emergencia cinegética ayuda también
a evitar daños en las fincas agrícolas y en los ecosistemas derivados de
la sobrepoblación. En el caso de los cerdos asilvestrados y el cerdo
vietnamita (especie exótica invasora), su presencia en libertad en el
medio natura constituyen un riesgo para la ganadería, la agricultura y
el ecosistema, ya que influyen en el mantenimiento de las poblaciones
naturales de jabalí por la posibilidad de que aparezcan ejemplares
híbridos. Además, su elevada presencia supone también un peligro para
las personas al incrementar el peligro de que produzcan accidentes de
tráfico.
Las actuaciones propuestas, debatidas y aprobadas en el seno del comité
de caza, están en consonancia con el Plan Nacional para el Control de
las Poblaciones de Jabalí y con las recomendaciones de la Comisión
Europea. Entre otras novedades, la resolución del BOJA introduce la
posibilidad de utilizar elementos de visión nocturna o térmica no
acoplados al arma con el fin de aumentar la seguridad en el disparo
durante las acciones de aguardo nocturno. También prevé la paulatina
sustitución de atrayentes alimenticios (grano o maíz) por otros de
carácter oloroso (extractos, hormonas u orines).
De forma genérica, las medidas se pueden resumir, para los terrenos
cinegéticos, en el aumento de la presión cinegética fuera del periodo
hábil normal mediante el empleo de capturas en vivo y el uso de armas en
las modalidades de batida, batida de gestión, caza en mano, rececho y
aguardos. Además, excepcionalmente se permiten la captura en vivo, el
rececho y los aguardos de jabalíes y cerdos asilvestrados en terrenos no
cinegéticos contando con la correspondiente autorización cuando se
compruebe que la densidad y problemática conlleva riesgos y daños en
zonas concretas.
La declaración de emergencia cinegética temporal por daños y riesgos
sanitarios en Andalucía potenciará la presión cinegética en terrenos de
interfaz agrícola-forestal y en los entornos agrarios, tradicionalmente
de caza menor; mientras que en los montes y cotos de caza mayor se
concentrará el esfuerzo cinegético en el periodo hábil de la especie
principalmente.
Por otra parte, entre el 1 de marzo y el 1 de agosto de la temporada de
caza 2022-2023 no se permitirá la modalidad de rececho por coincidir con
los periodos reproductores de otras especies animales.