Coronavirus en Andalucía: ¿cuáles son las nuevas medidas en localidades con restricciones de movilidad?
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) pública hoy la orden de 29 de septiembre de 2020 por la que se adoptan «medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública»
fuente :diario cordoba
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) pública hoy la orden de 29 de septiembre de 2020 por la que se adoptan «medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública» para la contención de la covid-19 en localidades o parte de las mismas «donde se haya acordado restricción a la movilidad de la población de una localidad o parte de la misma». Por el momento, solo afectan al municipio de Casariche (Sevilla), el único en el que se han establecido restricciones de entrada y salida, como ha aclarado el presidente de la Junta, Juanma Moreno, ante la difusión de bulos.
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Así, la orden establece que no se permitirán visitas ni salidas a los usuarios en los centros socio-sanitarios de carácter residencial. La asistencia a velatorios se limitará a un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el 50% del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22.00 horas, a excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales.
Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al 50%, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22.00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio. Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicables a los establecimientos y locales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas.
La orden dispone el cierre de peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativo-culturales y clubes, o establecimientos similares.
En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles y religiosas, el número máximo de participantes será de treinta personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados. De otro lado, no se permitirá la apertura de mercadillos públicos o privados.
Según lo publicado en el BOJA, podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.
Con carácter general y sin perjuicio de lo dispuesto en la orden de 19 de junio de 2020, de medidas preventivas de salud pública en Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (covid-19), una vez superado el estado de alarma, los aforos de las actividades servicios e instalaciones se reducen al 50%, salvo que tuvieran previsto uno inferior.
Se suspende temporalmente la actividad en los parques y jardines públicos, así como parques infantiles de uso público. Y se reforzarán las medidas preventivas en edificios de uso público, con sectorizaciones, flujos de personas, aforos, etcétera.