Andalucía mantiene las medidas y restricciones vigentes tras reunirse el comité de expertos
Sin cambios en las actuales restricciones en Andalucía contra el coronavirus. Al menos durante las dos próximas semanas, ni se podrá salir o entrar de Andalucía, tampoco habrá movilidad entre provincias y el toque de queda permanecerá activo desde las 23.00 horas. El comité de expertos de Andalucía, el grupo de profesionales que asesora a la Junta en la gestión de la pandemia del coronavirus, se reunió en Sevilla este miércoles para anunciar que se mantienen las actuales restricciones. No hay endurecimiento de las medidas, pero tampoco se flexibilizan las más importantes. Solo se introducen algunos pequeños cambios en horarios de los distintos niveles de alerta. Este nuevo plazo de medidas de dos semanas entra en vigor este viernes a las 0.00 horas, por lo que estaría activo, salvo novedades, hasta el 23 de abril.
Según informó la Junta en un comunicado (esta vez no hubo rueda de prensa), el consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre comunicó la resolucón de la reunión del Consejo Asesor de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto (el conocido comité de expertos). Aguirre consideró que los expertos analizaron los últimos datos «y considerando la leve tendencia al alza en la incidencia de la enfermedad, se ha decidido no modificar la gran mayoría de las medidas adoptadas hace quince días». Los expertos también recalcaron que la cobertura vacunal en el grupo de edad desde 65 a 79 años aún no es el deseable, es decir que el ritmo de administración de los fármacos es aún lento. Según la Junta, tampoco se puede obviar «la fatiga pandémica, incluida la económica», cada vez más relevante en la población.
Bodas y comuniones en Andalucía: las nuevas medidas para las celebraciones aprobadas en el comité de expertos
Por tanto la propuesta en Andalucía es mantener el cierre perimetral de la comunidad autónoma, así como el cierre perimetral de cada una de las ocho provincias, que se mantiene tres meses después. También se mantiene la restricción de movilidad nocturna, es decir el toque de queda, entre las 23.00 y las 6.00 horas. La limitación de reuniones tampoco varía: un máximo de seis personas en el exterior y de cuatro personas en espacios interiores de hostelería y similares.
Se mantendrán los baremos para aplicar restricciones concretas en municipios con alto índice de contagios. Se restringe la movilidad en los municipios cuando se supere una incidencia de 500 casos por 100.000 habitantes en 14 días, y se aplicará el nivel de alerta 4 grado 2 (que supone el cese de la actividad no esencial) en municipios con una incidencia de más de 1.000 casos por 100.000 habitantes en 14 días. No obstante, en municipios pequeños, con menos de 1.500 habitantes, se realizará una evaluación de riesgo específica.
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El comité de expertos ha propuesto, además, adaptaciones de algunas de las medidas de protección. Así, se modificará el horario de cierre de comercios y actividades a las 20.00 horas en las localidades con nivel 4 grado 1 (en vez de a las 18.00 horas que establecía el artículo 3 de la orden 8 noviembre de 2020). También se modificará el apartado 1 del artículo 6 de la citada orden, con objeto de establecer las clases online en las universidades públicas o privadas cuando los términos municipales donde estén situadas se encuentren en nivel 4 de alerta grado 2.
Asimismo, se ha acordado que en todas las celebraciones posteriores a ceremonias nupciales u otras celebraciones religiosas o civiles que se realicen en establecimientos de hostelería y restauración o que se desarrollen fuera de dichos establecimientos mediante servicios de catering debidamente registrados en el Registro general sanitario de empresas alimentarias, se aplicará el régimen establecido para los salones de celebraciones en el artículo 16 de la Orden del 29 de octubre de 2020. En cuanto a los congresos, encuentros, reuniones de trabajo, conferencias y otros eventos se llevará a cabo una evaluación de riesgo, además de los aforos previstos según los niveles de alerta vigentes.
Por último, se autorizará la entrada en los centros sanitarios de los profesionales adscritos a las asociaciones de pacientes, previa su acreditación ante los mismos. Las visitas de este personal acreditado –como, por ejemplo, los voluntarios de asociaciones que prestan servicio de apoyo a enfermos y sus familias– se realizarán cumpliendo en todo momento las disposiciones establecidas sobre seguridad del paciente.