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Córdoba da un paso atrás y entra en alerta sanitaria 3 por la incidencia de la pandemia

El comité provincial que asesora a la Delegación de Salud ha acordado que el distrito sanitario de Córdoba capital dé un paso atrás y ha declarado la alerta sanitaria 3 a causa de la evolución de la pandemia, con un alto nivel de contagios, según consta en la resolución alcanzada en la mañana de este miércoles a la que ha tenido acceso este periódico.

El resto de la provincia de Córdoba seguirá como hasta ahora, en alerta sanitaria dos. Aparte, no se propone el cierre perimetral de ningún municipio de la provincia. En ninguno se supera una incidencia superior a 1.000 casos, según los datos oficiales. Las nuevas medidas entran en vigor desde las 00:00 de este jueves, según la Junta. Estas restricciones se revisarán el próximo miércoles.

¿Qué cambia en el nivel de alerta sanitaria 3? Poca cosa, aunque en Córdoba capital estas son las nuevas restricciones:

Celebraciones tras ceremonias religiosa o civil

Si se hace en establecimiento hostelero rigen aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel. Si se hace en salones celebraciones o lugar distinto incluso ámbito privado, aforo del 50 % en interior con máximo de 100 personas. Mesas de hasta 4 pax. Aforo del 100% en exterior con máximo de 250 personas. Mesas de hasta 6 pax. Se permite el consumo en barra. No se permiten las actuaciones musicales ni el baile. Cierre a las 2.00 h.

Ceremonias civiles

Aforo del 50% tanto espacio cerrado como aire libre y que permita la distancia interpersonal. Personas sentadas con distancia de 1,5 metros.

Discotecas, locales de ocio nocturno

Los clientes deben permanecer sentados con una distancia entre grupos de 1,5 metros. El cierre es a las 2.00h. Apertura del interior permitida con uso y normas de hostelería (no sólo bebidas). Se permite el 50% de aforo máximo en el exterior, con mesas de hasta 6 personas. No están permitido el consumo en barra ni las actuaciones musicales ni baile.

Establecimientos recreativos (recreativos infantiles, centros de ocio infantil y atracciones de feria)

En los locales recreativos infantiles se recomienda mantener las burbujas de convivencia escolar. Es necesaria la ventilación, desinfección de manos, y niños de más de 6 años llevarán mascarilla. Aforo máx. de 30% en interior y exterior. Grupos de hasta 12 niños. No están permitidos los areneros ni piscinas de espuma. Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos con aforo máximo del 50% lugares abiertos y 25% de aforo para lugares cerrados. Las atracciones de feria con filas de asiento tendrán un aforo máximo del 50 % en cada fila. Las atracciones de feria sin asientos con un aforo máximo del 30 % salvo que no se pueda garantizar distancia de seguridad interpersonal que será del 20 %.

Fiestas, verbenas, romerías y otras actividades festivas populares o tradicionales

No se podrán celebrar fiestas, verbenas, romería y otras actividades festivas populares o tradicionales

Hostelería y restauración (incluido de hoteles)

Clientes sentados con 1,5 m. de distancia entre personas. El cierre a las 24.00 h. 50% de aforo en interior. 100% en terraza. Máxima ocupación de mesas: 4 en interior y 6 en exterior. Permitido el consumo en barra. En hoteles; 50% de aforo en zonas comunes exteriores y 1/3 en zonas comunes interiores. Actividades de animación con un máximo de 15 personas.

Instalaciones deportivas convencionales y no convencionales (incluye gimnasios así como academias de bailes)

Deportes federados: según el protocolo de las federaciones Permitida la actividad física individual al aire libre. 50% de aforo máximo en interior y 60% en exterior. Actividades grupales: 10 personas máximo en interior y 15 en exterior, guardando la distancia de 1,5 m. y con mascarilla. Competiciones con espectadores: 40% de aforo y 500 personas como máximo en interior. 50% de aforo y 1000 personas máximo en exterior.

Locales donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas

Aforos del 50 % en el local. Restauración según normas de hostelería y restauración. No más de 6 personas en mesas de juego. el horario de cierre será como máximo a las 02:00 horas, a excepción de los servicios de restauración que deberán cerrar a las 24:00 horas.

Peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativas, o establecimientos similares y culturales.

Aforos del 50 % y distanciamiento interpersonal de 1,5 m. Actividad de restauración deben cumplir normas de hostelería y restauración. Cierre a las 18h.

Piscinas de uso colectivo

Aforo 50% del permitido.

Residencias estudiantes

Aperturas de zonas comunes al 50 %(bibliotecas, salas juego, televisión, etc). Comedores al 50 % con máximo de 75 personas interior y 100 en exterior. Actividad de restauración, distintas a los comedores deben cumplir normas de hostelería y restauración. Prohibición de visitas.

Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres

Máximo de 20 personas en espacios al aire libre o 15 en espacios cerrados, salvo que todos sean convivientes. 20 personas en funeral o comitiva.

RESTRICCIONES EN ALERTA SANITARIA 2

Estas son las restricciones en vigor en Córdoba

Celebraciones tras ceremonias religiosa o civil

Si se hace en establecimiento hostelero rigen aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel. Si se hace en salones celebraciones o lugar distinto incluso ámbito privado, aforo del 75 % en interior con máximo de 200 personas. Mesas de hasta 6 pax. Aforo del 100% en exterior con máximo de 400 personas. Mesas de hasta 8 pax. Se permite el consumo en barra y las actuaciones musicales pero no está permitido el baile. Cierre a las 2.00 h.

Ceremonias civiles

Aforo del 60 % tanto espacio cerrado como aire libre y que permita la distancia interpersonal. Personas sentadas con distancia de 1,5 metros.

Discotecas, locales de ocio nocturno

Los clientes deben permanecer sentados con una distancia entre grupos de 1,5 metros. El cierre es a las 2.00h. Se permite el 50% de aforo máximo en interior y 100% en terraza. 6 personas por mesa en el interior y 8 en el exterior. Sólo se permiten las barras en exteriores y están permitidas las actuaciones musicales, pero no el baile.

Establecimientos recreativos

En los locales recreativos infantiles se recomienda mantener las burbujas de convivencia escolar. Es necesaria la ventilación, desinfección de manos, y niños de más de 6 años llevarán mascarilla. Aforo máx. de 40% en interior y 50% en exterior. Grupos de hasta 15 niños. No están permitidos los areneros ni piscinas de espuma. Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos con aforo máximo del 60% lugares abiertos y 40% de aforo para lugares cerrados. Las atracciones de feria con filas de asiento tendrán un aforo máximo del 60 % en cada fila. Las atracciones de feria sin asientos con un aforo máximo del 50 % salvo que no se pueda garantizar distancia de seguridad interpersonal que será del 30 %.

Fiestas, verbenas, romerías y otras actividades festivas populares o tradicionales

Se recomienda que no se celebren fiestas, verbenas, romería y otras actividades festivas populares o tradicionales

Hostelería y restauración (incluido de hoteles)

Clientes sentados con 1,5 m. de distancia entre personas. El cierre a las 24.00 h. 75% de aforo en interior. 100% en terraza. Máxima ocupación de mesas: 6 en interior y 8 en exterior. Permitido el consumo en barra. En hoteles; 75% de aforo en zonas comunes exteriores y 50% en zonas comunes interiores. Actividades de animación con un máximo de 20 personas.

Instalaciones deportivas convencionales y no convencionales (incluye gimnasios así como academias de bailes)

Deportes federados: según el protocolo de las federaciones Permitida la actividad física individual al aire libre. 65% de aforo máximo en interior y 75% en exterior. Actividades grupales: 15 personas máximo en interior y 20 en exterior, guardando la distancia de 1,5 m. y con mascarilla. Competiciones con espectadores: 50% de aforo y 1.000 personas como máximo en interior. 60% de aforo y 2.000 personas máximo en exterior .

Locales donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas

Aforos del 75 % en el local. Restauración según normas de hostelería y restauración. No más de 6 personas en mesas de juego. Cierre 21:30h.

Peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativas, o establecimientos similares y culturales.

Aforo máximo del 75 % y distanciamiento interpersonal de 1,5 metros. Actividad de restauración deben cumplir normas de hostelería y restauración. Cierre a las 21:30h.

Piscinas de uso colectivo

Aforo 75% del permitido.

Residencias estudiantes

Aperturas de zonas comunes al 75 % (bibliotecas, salas juego, televisión, etc.) Comedores al 75 % con máximo de 100 personas interior y 150 en exterior. Actividad de restauración deben cumplir normas de hostelería y restauración.

Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres

Máximo de 25 personas en espacios aire libre o 15 personas en espacios cerrados sean o no convivientes. 35 personas en funeral o comitiva.