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El BOJA publica una resolución que permite a los cazadores colaborar en el control de cerdos asilvestrados

Wild boar in autumn forest

El objetivo es evitar riesgos sanitarios y daños en el ecosistema,

además de proteger la cabaña ganadera y fincas agrícolas tras la

declaración de área de emergencia cinegética temporal en Andalucía

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica hoy la

resolución de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y

Desarrollo Sostenible que declara el área de emergencia cinegética

temporal por daños y riesgos sanitarios de jabalí y cerdo asilvestrado

en la Comunidad Autónoma de Andalucía. De esta forma, se establecen los

periodos y modalidades para que los cazadores colaboren en el control de

estas poblacionales con el objetivo de incidir en su densidad y, de esta

forma, reducir las posibilidades de que contagien enfermedades a la

cabaña ganadera. De hecho, estas dos especies están consideradas a día

de hoy, por diversas causas, el principal reservorio de tuberculosis

bovina en España.

Asimismo, la declaración de área de emergencia cinegética ayuda también

a evitar daños en las fincas agrícolas y en los ecosistemas derivados de

la sobrepoblación. En el caso de los cerdos asilvestrados y el cerdo

vietnamita (especie exótica invasora), su presencia en libertad en el

medio natura constituyen un riesgo para la ganadería, la agricultura y

el ecosistema, ya que influyen en el mantenimiento de las poblaciones

naturales de jabalí por la posibilidad de que aparezcan ejemplares

híbridos. Además, su elevada presencia supone también un peligro para

las personas al incrementar el peligro de que produzcan accidentes de

tráfico.

Las actuaciones propuestas, debatidas y aprobadas en el seno del comité

de caza, están en consonancia con el Plan Nacional para el Control de

las Poblaciones de Jabalí y con las recomendaciones de la Comisión

Europea. Entre otras novedades, la resolución del BOJA introduce la

posibilidad de utilizar elementos de visión nocturna o térmica no

acoplados al arma con el fin de aumentar la seguridad en el disparo

durante las acciones de aguardo nocturno. También prevé la paulatina

sustitución de atrayentes alimenticios (grano o maíz) por otros de

carácter oloroso (extractos, hormonas u orines).

De forma genérica, las medidas se pueden resumir, para los terrenos

cinegéticos, en el aumento de la presión cinegética fuera del periodo

hábil normal mediante el empleo de capturas en vivo y el uso de armas en

las modalidades de batida, batida de gestión, caza en mano, rececho y

aguardos. Además, excepcionalmente se permiten la captura en vivo, el

rececho y los aguardos de jabalíes y cerdos asilvestrados en terrenos no

cinegéticos contando con la correspondiente autorización cuando se

compruebe que la densidad y problemática conlleva riesgos y daños en

zonas concretas.

La declaración de emergencia cinegética temporal por daños y riesgos

sanitarios en Andalucía potenciará la presión cinegética en terrenos de

interfaz agrícola-forestal y en los entornos agrarios, tradicionalmente

de caza menor; mientras que en los montes y cotos de caza mayor se

concentrará el esfuerzo cinegético en el periodo hábil de la especie

principalmente.

Por otra parte, entre el 1 de marzo y el 1 de agosto de la temporada de

caza 2022-2023 no se permitirá la modalidad de rececho por coincidir con

los periodos reproductores de otras especies animales.