La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural,Publica las bases reguladoras de las ayudas para nuevos regadíos abastecidos con aguas regeneradas
El objetivo es incentivar el uso de recursos hídricos de fuentes no convencionales favoreciendo la eficiencia a través del binomio agua-energía
La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha publicado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la implantación de nuevos regadíos abastecidos con aguas regeneradas procedentes de depuradoras, de la desalación de agua de mar y de aguas salobres. Según el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), estos incentivos, enmarcados en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía (PDR) 2014-2020, tienen por objeto apoyar inversiones que fomenten de forma directa la utilización eficiente del binomio agua-energía minimizando los efectos de la actividad sobre el medio rural.
De esta manera se favorece el uso de recursos hídricos de fuentes no convencionales a los ya disponibles por el sector, al aprovechar aguas regeneradas acorde también con la estrategia de economía circular. Se conceden por primera vez ayudas para el aprovechamiento de aguas una vez depuradas y regeneradas, optimizando de esta forma este recurso. Estas bases incluyen, entre otros aspectos, los requisitos, procedimientos, conceptos subvencionables, destinatarios y criterios de valoración.
A principios de noviembre la Consejería publicó también las otras dos órdenes que aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el aprovechamiento de este recurso dirigidas a comunidades de regantes, por un lado, y entidades locales propietarias de depuradoras de aguas residuales, por otro.
En los tres casos, se especifica la necesidad de que las actuaciones sean consideradas, previamente, viables desde el punto de vista técnico y económico, que el comienzo de las obras sea posterior a la notificación de la resolución de concesión y que se mantengan los requisitos desde el momento de la solicitud hasta al menos cinco años después del pago final de la ayuda.